Suprema - Rol N° 8397-2014
Rechazo de recurso de protección por no renovación de contrato a contrata
Abstracto
La Corte Suprema confirma el rechazo de un recurso de protección, estableciendo que la no renovación de un contrato a contrata, al cumplirse su plazo legal, no constituye un acto arbitrario o ilegal.
Resumen
- Los contratos a contrata se caracterizan por ser empleos de carácter transitorio, sin la estabilidad inherente a los cargos de planta. Su duración está legalmente limitada al vencimiento del plazo fijado, no otorgando a sus titulares un derecho de propiedad sobre el cargo. Esta definición se encuentra establecida en el artículo 3 letra c) de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo.
- Los empleos a contrata, de carácter transitorio, terminan por el vencimiento del plazo legal por el cual fueron designados, usualmente el 31 de diciembre de cada año, operando la cesación de funciones por el solo ministerio de la ley. La prórroga, si es que ocurre, debe ser propuesta con al menos treinta días de antelación, según el artículo 10 de la Ley N° 18.834, y el término del período legal es un...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora