Suprema - Rol N° 22802-2014
Suprema confirma amparo por retardo administrativo en beneficio de reducción de condena
Abstracto
La Corte Suprema confirma amparo, ordenando remitir antecedentes para la concesión de reducción de condena ante demora administrativa. Se declara que la Subsecretaría Regional Ministerial debe enviar la documentación al Ministerio de Justicia para emitir el decreto sin demora.
Resumen
- La acción de amparo, consagrada en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, tiene por objeto proteger a las personas contra privaciones, perturbaciones o amenazas ilegales o arbitrarias a su libertad personal y seguridad individual.
- La Ley N°19.856 regula el beneficio de reducción de condena para internos con conducta sobresaliente, requiriendo el cumplimiento de requisitos objetivos establecidos en su artículo 7°.
- El procedimiento para la concesión del beneficio de reducción de condena implica la calificación por una comisión, la tramitación de antecedentes por la Secretaría Regional Ministerial (SEREMI) y la posterior dictación de un Decreto Supremo por el Ministerio de Justicia.
- Se declaró la ilegalidad y arbitrariedad en la privación de libertad de un amparad...
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