Suprema - Rol N° 557-2014
CON BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTINA (ARGENTARIA)
Abstracto
La Corte Suprema rechaza la tercería de posesión, confirmando la sentencia apelada. Se determina que el inmueble embargado es un bien social de la sociedad conyugal, obligada al pago de la hipoteca constituida por el marido.
Resumen
• Datos básicos del caso: Tercería de posesión sobre inmueble embargado en juicio ejecutivo. Corte Suprema, 26 de agosto de 2014. Rol N° 557-14.
• Antecedentes procesales relevantes: La demandante incidental deduce tercería de posesión solicitando el alzamiento del embargo. El tribunal de primera instancia rechaza la tercería. La Corte de Apelaciones confirma la sentencia de primera instancia. Se interpone recurso de casación, que da origen a esta sentencia de reemplazo.
• Hechos establecidos: El inmueble embargado está inscrito a nombre de la sociedad conyugal formada por la tercerista y el ejecutado. El embargo está inscrito a fojas 05006 bajo el número 06317 del Registro del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar del año 2012.
• Cuestiones jurídicas sometidas al conocimiento de...
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