Suprema - Rol N° 21532-2014
INGENIERIA Y MOVIMIENTO DE TIERRA TRANEX LTDA. / DIRECCION DEL TRABAJO REGION METROPOLITANA Y OTROS
Abstracto
La Corte Suprema revoca la sentencia apelada y acoge el recurso de protección, estableciendo que el plazo para la reconsideración administrativa es de días hábiles según el artículo 25 de la Ley N° 19.880, no de días corridos.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección contra la Inspección Comunal del Trabajo por rechazar la solicitud de reconsideración administrativa de una multa, al considerarla extemporánea.
• Antecedentes procesales relevantes: La parte recurrente interpone un recurso de protección contra la decisión de la Inspección Comunal del Trabajo que rechazó la solicitud de reconsideración administrativa de la multa impuesta. La Corte Suprema revisa la sentencia apelada.
• Hechos establecidos: La Inspección del Trabajo notificó la resolución al recurrente el 3 de marzo de 2014. El recurso de reconsideración fue presentado el 11 de abril de 2014. La Inspección consideró que el plazo para presentar la reconsideración era de días corridos, mientras que el recurrente argumenta que es de días hábile...
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