Suprema - Rol N° 23612-2014
Recurso de Protección Rechazado por Derecho No Indiscutido
Abstracto
La Corte Suprema confirma el rechazo de un recurso de protección al no constatar la existencia de un derecho preexistente e indiscutido, requisito esencial para su procedencia, al tratarse de una controversia contractual.
Resumen
- El recurso de protección, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, es una acción de carácter cautelar destinada a amparar el ejercicio de garantías constitucionales frente a actos arbitrarios o ilegales.
- La procedencia del recurso de protección exige la constatación del carácter preexistente e indiscutido del derecho afectado por la acción u omisión que se impugna.
- La parte recurrente alegó que se le notificó de una terminación anticipada de un contrato a honorarios a suma alzada, en calidad de Agente Público, lo cual consideró improcedente y no aplicable según las normas relativas a prestadores de servicios a honorarios.
- La parte recurrida sostuvo que el contrato en cuestión contemplaba expresamente la posibilidad de término anticipado, citando sus...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora