Suprema - Rol N° 29042-2014

Suprema rechaza protección: Beneficios económicos para personal civil de Carabineros

Abstracto

La Corte Suprema rechaza un recurso de protección, declarando que la reclamación de derechos económicos por equivalencia de grado para personal civil de Carabineros no procede por vía cautelar al no tratarse de un derecho indubitado.

Resumen

  • El recurso de protección, fundado en el artículo 20 de la Constitución Política, es una acción de carácter cautelar destinada a amparar el ejercicio de garantías y derechos preexistentes frente a actos arbitrarios o ilegales que los impidan, amaguen o perturben.
  • Para la procedencia del recurso de protección, es requisito indispensable que el derecho cuya tutela se reclama sea preexistente e indiscutido.
  • La recurrente alegó derecho a percibir remuneraciones adicionales y beneficios económicos (Ley N° 18.961, art. 33) en virtud de la equivalencia de grado con el personal de fila de Carabineros (Ley N° 18.961, art. 6) desde el 30 de diciembre de 1989.
  • La Dirección General de Carabineros sostuvo que el personal civil recurrente no era parte de la planta institucional y, por ende, no er...

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