Suprema - Rol N° 31043-2014
Corte Suprema confirma rechazo de protección por término de contrata
Abstracto
La Corte Suprema confirma el rechazo de un recurso de protección interpuesto por una funcionaria a contrata, validando el término de su nombramiento por ser esta una modalidad de carácter transitorio y precario, sujeta a las necesidades del servicio.
Resumen
- Naturaleza del Empleo a Contrata: El empleo a contrata en el sector público es de carácter transitorio y precario, con una duración máxima que expira el 31 de diciembre de cada año, según el artículo 10 de la Ley N° 18.834 sobre Estatuto Administrativo.
- Facultad de Término Anticipado: La autoridad administrativa posee la facultad legal, conforme al artículo 10 de la Ley N° 18.834, de poner término a un nombramiento a contrata antes de su vencimiento anual, lo cual no constituye un acto arbitrario si se funda en la naturaleza del cargo.
- Cláusula "Mientras sean necesarios sus servicios": La expresión "mientras sean necesarios sus servicios" en un nombramiento a contrata faculta a la administración para determinar la duración del vínculo, pudiendo ser inferior al año fiscal, en función ...
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