Suprema - Rol N° 34022-2016
VICTOR YAÑEZ SAINZ.
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de hecho, estableciendo que el plazo para apelar en recursos de amparo económico es de días hábiles, no corridos, favoreciendo el acceso a la justicia en materia de derechos fundamentales. Revoca decisión que declaró extemporánea la apelación.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de hecho (Rol N° 34.022-2016) interpuesto contra la resolución de la Corte de San Miguel (Rol 37-2016) que declaró extemporánea la apelación presentada en un recurso de amparo económico. La Corte Suprema se pronuncia el 2 de agosto de 2016. Ministro redactor: G. Tercera Sala de la Corte Suprema. Partes: (recurrente). Materia: Recurso de amparo económico. Decisión: Se acoge el recurso de hecho. Efecto: Se declara admisible el recurso de apelación inicialmente rechazado por extemporáneo. Tribunal de alzada: Corte de Apelaciones de San Miguel. Recurso interpuesto contra Ilustre Municipalidad de San Miguel. Denunciante: .
• Antecedentes procesales relevantes: La Corte de San Miguel acogió...
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