Suprema - Rol N° 16658-2017
Corte Suprema confirma inadmisibilidad de recurso de protección por falta de hechos
Abstracto
La Corte Suprema confirmó la inadmisibilidad de un recurso de protección al no haberse invocado hechos que acreditaran vulneración a garantías constitucionales, pese a voto disidente.
Resumen
- Un recurso de protección fue interpuesto en contra de la Directora del Servicio de Salud de la Región de Arica y Parinacota.
- La parte recurrente solicitó que se ordenara a la recurrida iniciar gestiones para establecer un convenio de salud con el Hospital de la Solidaridad de Tacna para adquirir horas de especialistas médicos, y que se gestionara la participación real de al menos un recurrente en las acciones derivadas de dicho convenio.
- El Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación del Recurso de Protección establece que el Tribunal examinará si el recurso ha sido interpuesto en tiempo y si se mencionan hechos que puedan constituir la vulneración de garantías del artículo 20 de la Constitución Política de la República.
- El Auto Acordado dispone que si la presentación es ex...
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