Suprema - Rol N° 8396-2017
Rechazo de casación: Bonos no forman remuneración para pensión alimenticia
Abstracto
La Corte Suprema rechazó un recurso de casación al determinar que los bonos esporádicos no constituyen remuneración para el cálculo de pensión alimenticia, desestimando infracciones constitucionales y laborales alegadas.
Resumen
- La parte recurrente (demandante) solicitó la inclusión del 8.3% de bonos en la base de cálculo de la pensión alimenticia, argumentando vulneración de derechos constitucionales (igualdad y debido proceso, arts. 19 N° 2, 3, 10 Constitución) y normas laborales y civiles (arts. 41, 42 Código del Trabajo; art. 7 Ley 14.908; art. 323 Código Civil).
- El argumento central de la parte recurrente fue que la exclusión de los bonos creaba una diferencia arbitraria respecto de otros hijos que sí se beneficiaban de dichos ingresos, vulnerando el debido proceso al no considerar plenamente la obligación paterna de proveer los medios para adquirir una actividad u oficio.
- La demanda de pensión alimenticia fue interpuesta por una hija de veintitrés años que cursaba la carrera de kinesiología y requería ...
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