Suprema - Rol N° 31876-2017
Acción Constitucional Cautelar No Procede Contra Resoluciones Judiciales Tramitadas
Abstracto
La acción constitucional cautelar no puede impugnar resoluciones judiciales tramitadas, debiendo usarse los recursos procesales ordinarios y extraordinarios, confirmando sentencia que rechazó acción contra orden de clausura.
Resumen
- Naturaleza cautelar de la acción constitucional: Se reitera que la acción constitucional tiene carácter cautelar y no puede ser utilizada para impugnar resoluciones dictadas en procedimientos legalmente tramitados.
- Vía procesal idónea para impugnaciones: Se enfatiza que la impugnación de resoluciones judiciales debe realizarse a través de los recursos procesales ordinarios y extraordinarios contemplados en la ley.
- Inexistencia de irregularidades procesales: En el caso analizado, no se identificaron irregularidades en la tramitación del proceso que justificaran la modificación de la decisión judicial recurrida.
- Decisión judicial recurrida: La acción constitucional pretendía anular una orden de clausura de un local comercial, dictada tras un procedimiento infraccional.
- Motivo de la...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora