Suprema - Rol N° 31876-2017

Acción Constitucional Cautelar No Procede Contra Resoluciones Judiciales Tramitadas

Abstracto

La acción constitucional cautelar no puede impugnar resoluciones judiciales tramitadas, debiendo usarse los recursos procesales ordinarios y extraordinarios, confirmando sentencia que rechazó acción contra orden de clausura.

Resumen

  • Naturaleza cautelar de la acción constitucional: Se reitera que la acción constitucional tiene carácter cautelar y no puede ser utilizada para impugnar resoluciones dictadas en procedimientos legalmente tramitados.
  • Vía procesal idónea para impugnaciones: Se enfatiza que la impugnación de resoluciones judiciales debe realizarse a través de los recursos procesales ordinarios y extraordinarios contemplados en la ley.
  • Inexistencia de irregularidades procesales: En el caso analizado, no se identificaron irregularidades en la tramitación del proceso que justificaran la modificación de la decisión judicial recurrida.
  • Decisión judicial recurrida: La acción constitucional pretendía anular una orden de clausura de un local comercial, dictada tras un procedimiento infraccional.
  • Motivo de la...

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