Suprema - Rol N° 37793-2017
Corte Suprema: Notificación judicial es indispensable para interrumpir prescripción
Abstracto
La Corte Suprema rechazó un recurso de casación al confirmar que la mera interposición de una demanda no interrumpe la prescripción extintiva; es indispensable la notificación judicial válida al deudor, ocurrida antes de vencer el plazo legal.
Resumen
- El recurso de casación en el fondo fue deducido contra una sentencia de la Corte de Apelaciones que confirmó el fallo de primer grado, acogiendo la excepción de prescripción extintiva opuesta en una demanda ejecutiva de cobro de facturas.
- La parte ejecutante argumentó la infracción de los artículos 2503 N°1, 2514 y 2518 del Código Civil, en relación con el artículo 464 N°17 del Código de Procedimiento Civil.
- Se sostuvo que la prescripción se interrumpió con la presentación de la gestión preparatoria el 11 de enero de 2016, antes de cumplido el plazo de 1 año de la Ley N°19.983, interpretando 'demanda' en sentido amplio.
- La sentencia recurrida acogió la excepción de prescripción porque la factura venció el 11 de abril de 2015, el plazo de prescripción vencía el 11 de abril de 2016, ...
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