Suprema - Rol N° 92969-2016

Suprema: Contrato minero no constituye usufructo real; inoponibilidad acogida

Abstracto

La Corte Suprema confirma que un contrato minero no constituyó un derecho real de usufructo, sino un derecho personal de crédito, por lo que la declaración de inoponibilidad a la adquirente (Meridian) se mantiene.

Resumen

  • El proceso judicial se originó en una demanda ordinaria de cobro de frutos y una reconvención declaratoria de inoponibilidad de un contrato de usufructo.
  • La sentencia de primera instancia acogió la demanda principal de cobro de frutos por US$19.415.928,39 y rechazó la reconvención.
  • La Corte de Apelaciones revocó la sentencia, rechazó la demanda principal y acogió la reconvencional, declarando el contrato de usufructo de 1992 inoponible a la demandada (Compañía Minera Meridian Limitada) y ordenando su cancelación respecto de pertenencias mineras específicas.
  • La demandante (Compañía Minera Bridger-Chile Limitada) interpuso recursos de casación en la forma y en el fondo contra la sentencia de apelación.
  • En el recurso de casación en la forma, se alegó falta de fundamentación (omisión...

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