Suprema - Rol N° 2496-2018
Suprema confirma: Plazo para reconsiderar multa laboral son días hábiles
Abstracto
La Corte Suprema confirma sentencia de apelación que acogió recurso de protección, estableciendo que el plazo de 30 días para solicitar la reconsideración de multas laborales son días hábiles, no corridos.
Resumen
- El conflicto central radica en la interpretación del plazo de 30 días para interponer un recurso administrativo de reconsideración contra una multa laboral: la Inspección del Trabajo lo consideró días corridos, mientras que la empresa lo interpretó como días hábiles.
- La Inspección Provincial del Trabajo de Rancagua rechazó la solicitud de reconsideración de multa administrativa (Resolución N° 3813/2017/69) presentada por Protector Security Supermarket SpA, declarándola extemporánea.
- La Inspección del Trabajo argumentó que el artículo 512 del Código del Trabajo establece un plazo de 30 días corridos y que el artículo 25 de la Ley N° 19.880, que se refiere a días hábiles para procedimientos administrativos, es de carácter supletorio y no aplicable al caso por existir norma expresa en e...
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