Suprema - Rol N° 16792-2018
Suprema: Invalidez de término de contrata pública por falta de fundamentación.
Abstracto
La Corte Suprema confirma la ilegalidad y arbitrariedad de poner término a una contrata pública sin la debida justificación legal y fáctica, vulnerando la confianza legítima del funcionario tras su renovación prolongada.
Resumen
- Todo funcionario público tiene derecho a la estabilidad en el empleo, prohibiéndose su apartamiento salvo por causas legales, derecho que también ampara a los funcionarios a contrata.
- La Ley N°18.834 define 'empleo a contrata' de forma que el concepto 'empleo' en su artículo 89 es comprensivo de estos funcionarios, impidiendo discriminación respecto de los de planta.
- Una relación laboral a contrata que excede dos años y se renueva reiteradamente se transforma en indefinida, aplicando el principio de confianza legítima establecido por la Contraloría General de la República (Dictamen N°85.700/2016), el cual es vinculante para la Administración.
- Los empleos a contrata duran como máximo hasta el 31 de diciembre de cada año y su término ocurre por el solo ministerio de la ley, debiendo ...
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