Suprema - Rol N° 16793-2018
Suprema: Aplicación de confianza legítima en término de contratas estatales
Abstracto
La Corte Suprema analiza la ilegalidad y arbitrariedad del término anticipado de contrato de un funcionario, aplicando el principio de confianza legítima y la motivación de los actos administrativos.
Resumen
- El artículo 89 de la Ley N°18.834 consagra el principio de estabilidad en el empleo para todos los funcionarios públicos, incluyendo a aquellos que se desempeñan 'a contrata', prohibiendo su remoción salvo por las causales legales establecidas.
- La noción de 'empleo' en el artículo 89 de la Ley N°18.834 se interpreta como comprensiva de la calidad de funcionario 'a contrata'.
- Existe un entendimiento pacífico en la administración pública y Contraloría General (Dictamen N°85.700/2016) de que una relación laboral a contrata que excede dos años y se renueva reiteradamente se transforma en una relación indefinida, conforme al principio de confianza legítima.
- Los empleos a contrata, según el artículo 10 de la Ley N°18.884, tienen una duración máxima hasta el 31 de diciembre de cada año, e...
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