Suprema - Rol N° 13277-2019
Corte Suprema confirma rechazo de protección por no renovación de contrata
Abstracto
La Corte Suprema confirma la sentencia que rechazó el recurso de protección contra la no renovación de un contrato a contrata, al estimar que dicha decisión no fue ilegal ni arbitraria dada la naturaleza transitoria de la vinculación.
Resumen
- El contrato a contrata tiene un carácter transitorio y su vigencia expira anualmente el 31 de diciembre por el solo ministerio de la ley, conforme al Estatuto Administrativo (Ley N° 18.834, arts. 3° y 10°).
- El recurso de protección es una acción de naturaleza cautelar destinada a amparar el legítimo ejercicio de garantías y derechos preexistentes frente a actos u omisiones ilegales o arbitrarios que los impidan, amaguen o perturben.
- La no renovación de un contrato a contrata se enmarca en el ejercicio de una facultad administrativa que atiende a la naturaleza transitoria de la vinculación y las necesidades temporales de la entidad, sin que proceda imponer obligación de renovar.
- Los actos administrativos deben ser fundamentados y motivados conforme al artículo 11 de la Ley N° 19.880...
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