Suprema - Rol N° 119134-2020

Corte Suprema confirma inadmisibilidad de recurso de protección por falta de hechos

Abstracto

La Corte Suprema confirma la resolución apelada que declaró inadmisible un recurso de protección, al no haberse mencionado hechos que constituyeran vulneración de derechos constitucionales.

Resumen

  • El Recurso de Protección puede interponerse frente a la privación, perturbación o amenaza en el legítimo ejercicio de garantías constitucionales, dentro del plazo de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto, conforme al artículo 1º del Auto Acordado.
  • Para la interposición y procedencia del Recurso de Protección, es menester la existencia de actos u omisiones que vulneren los derechos expresamente protegidos por el artículo 20 de la Constitución Política de la República.
  • El Tribunal, al examinar un recurso de protección, debe verificar en cuenta si ha sido interpuesto en tiempo y si se mencionan hechos que puedan constituir la vulneración de garantías constitucionales del artículo 20.
  • Si la presentación de un recurso de protección es extemporánea o no se señalan he...

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