Suprema - Rol N° 119157-2020
Corte Suprema confirma protección contra acoso telefónico por cobranza deudores.
Abstracto
La Corte Suprema confirma la sentencia de apelación y acoge un recurso de protección contra un banco, declarando que el acoso telefónico persistente para el cobro de deudas, aún tras un contacto inicial, es una conducta ilegal, arbitraria y vulneratoria de la integridad psíquica del deudor.
Resumen
- El recurso de protección, conforme al artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción cautelar destinada a amparar el legítimo ejercicio de garantías constitucionales ante actos u omisiones ilegales o arbitrarios.
- Se considera ilegal un acto u omisión si es contrario a la ley, y arbitrario si es producto del mero capricho, careciendo de razonabilidad y proporcionalidad.
- El actor interpuso un recurso de protección contra Banco Santander por la recepción de hasta 15 llamadas diarias para el cobro de una deuda, afectando su situación laboral y bienestar psíquico.
- El actor alegó que la conducta de acoso telefónico y la insistencia en los llamados, aun con contacto previo, infringían el derecho a la integridad psíquica consagrado en el artículo 19 N°1 de l...
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