Suprema - Rol N° 14532-2021

Corte Suprema anula procedimiento de cuidado personal por no oír a niño

Abstracto

La Corte Suprema declaró la nulidad formal de un procedimiento de cuidado personal por no haber escuchado al niño, conforme al Artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño, ordenando retrotraer la causa para la realización de una nueva audiencia de juicio.

Resumen

  • La Corte Suprema declaró la nulidad formal de un procedimiento judicial al advertir una anomalía que afectaba la regularidad del mismo, en ejercicio de la facultad contemplada en el artículo 775 del Código de Procedimiento Civil.
  • La causal de nulidad formal invocada fue la falta a un trámite o diligencia declarados esenciales por la ley, específicamente la omisión de escuchar al niño en un procedimiento que afecta su vida e intereses, conforme al número 9 del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil.
  • El artículo 12 de la Convención sobre los Derechos del Niño garantiza al niño, niña o adolescente el derecho a expresar su opinión libremente en todos los asuntos que le afecten, teniéndose debidamente en cuenta su opinión en función de su edad y madurez, siendo oído directamente o...

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