Suprema - Rol N° 1064-2022
Protección: Ilegalidad de término anticipado de contrata municipal según Ley 18.833
Abstracto
La Corte Suprema acoge recurso de protección por ilegal término anticipado de contrata municipal, indicando que la facultad de prorrogar no autoriza el cese antes del plazo legal, y ordena pago de remuneraciones e imposiciones.
Resumen
- La Ley N° 18.833 define la planta del personal municipal, y en su artículo 3°, clasifica los empleos a contrata como de carácter transitorio.
- Según la Ley N° 18.833, los empleos a contrata duran como máximo hasta el 31 de diciembre de cada año, expirando sus funciones por el solo ministerio de la ley en esa fecha.
- Los cargos a contrata se designan con una duración determinada, que legalmente se extiende como máximo hasta el 31 de diciembre, pudiendo ser prorrogada por la autoridad si las necesidades del servicio así lo justifican, mediante la cláusula 'mientras sean necesarios los servicios'.
- La expresión 'mientras sean necesarios sus servicios' permite a la autoridad administrativa prorrogar la vigencia de la contrata más allá del 31 de diciembre, pero no ponerle término antes de ...
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