Suprema - Rol N° 66187-2021
Acción de Protección: Mantenimiento Eléctrico vs. Derechos de Agua y Bosque Nativo
Abstracto
La Corte Suprema rechaza acción de protección contra empresa eléctrica por presunta alteración de cauce y daño a bosque nativo, al no acreditarse vulneración de garantías constitucionales ni afectación probada a derechos de agua.
Resumen
- Las empresas concesionarias de servicio eléctrico están facultadas por la Ley General de Servicios Eléctricos (Art. 139), su Reglamento y circulares de la SEC para realizar labores de poda y corte de árboles en proximidades de líneas aéreas como parte del deber de mantenimiento y seguridad del suministro.
- La acción de protección requiere acreditar un acto u omisión ilegal o arbitrario que amenace o vulnere garantías constitucionales del artículo 19 de la Constitución Política de la República.
- En el caso, la recurrente alegó que trabajos de tala y roce de la empresa eléctrica afectaron un canal, dañaron bosque nativo y vulneraron garantías constitucionales (Arts. 19 N°s 1, 7, 8, 9, 24).
- Informes de CONAF constataron tala de bosque nativo no autorizada, interponiendo denuncia; inform...
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