Suprema - Rol N° 71961-2021

Corte Suprema: Conservador puede rechazar inscripción por vicio de nulidad relativa

Abstracto

La Corte Suprema confirma que el Conservador de Bienes Raíces puede rechazar inscripciones cuando el título presenta un vicio visible que genera nulidad relativa, como la falta de autorización conyugal.

Resumen

  • La interpretación del artículo 13 del Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces fue el eje central del recurso de casación en la que se dilucidó la facultad del Conservador para rechazar inscripciones.
  • El recurrente alegó que el Conservador solo podía rechazar inscripciones por vicios que condujeran a nulidad absoluta y no a nulidad relativa, amparándose en el artículo 1684 del Código Civil.
  • Los hechos establecidos por la judicatura de fondo indicaron que un vendedor casado otorgó escritura de compraventa sin comparecencia de su cónyuge ni mención del régimen matrimonial.
  • El artículo 13 del Reglamento faculta al Conservador para rechazar una inscripción si esta es "legalmente inadmisible", lo que los tribunales interpretaron como abarcando defectos manifiestos y visibl...

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