Suprema - Rol N° 25521-2022
Recurso de Protección: Protección de Datos Personales no Abarca Personas Jurídicas
Abstracto
La Corte Suprema confirma el rechazo de un recurso de protección interpuesto por una persona jurídica contra la publicación de una deuda en DICOM, al establecer que la protección de datos personales de la Ley 19.628 solo rige para personas naturales.
Resumen
- Sociedad Muelles de Penco S.A. (persona jurídica) interpuso recurso de protección contra Sociedad Molina y Molina SpA por la publicación de una supuesta deuda en DICOM EQUIFAX.
- El recurrente alegó que la publicación era ilegal y arbitraria, vulnerando garantías constitucionales (Art. 19 N° 3, 4, 21), argumentando que la deuda era inexistente o prescrita y la publicación buscaba presionar un pago ilegítimo.
- La recurrida defendió que el recurso de protección, según la Ley N° 19.628, solo aplica a personas naturales, no a personas jurídicas, y que la deuda reportada existía y no estaba prescrita.
- La Corte Suprema reiteró que la protección de datos de carácter personal (Ley N° 19.628) rige exclusivamente para personas naturales, no para personas jurídicas, desestimando la aplicabilidad...
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