Suprema - Rol N° 80330-2023
Corte Suprema: Isapres deben equiparar cobertura salud mental a salud física
Abstracto
La Corte Suprema ordena a las Isapres equiparar la cobertura de salud mental a la de salud física para todos los contratos vigentes, aplicando la Ley 21.331 y la Circular IF/N° 396, prohibiendo diferencias arbitrarias.
Resumen
- La Ley N° 21.331, sobre Reconocimiento y Protección de los Derechos de las Personas en la Atención de Salud Mental, tiene como propósito erradicar la discriminación y garantizar la equidad en el acceso, continuidad y oportunidad de las prestaciones de salud mental.
- La ley establece que las prestaciones de salud mental deben recibir el mismo trato y cobertura que las prestaciones de salud física, prohibiendo distinciones basadas en enfermedades o discapacidades mentales (Art. 3g, 9, 20 Ley 21.331).
- La Circular IF/N° 396 de la Superintendencia de Salud imparte instrucciones para la implementación de la Ley 21.331, prohibiendo a las Isapres comercializar planes que restrinjan la cobertura de salud mental o establezcan topes inferiores a los de salud física.
- La Circular IF/N° 396 estab...
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