Suprema - Rol N° 21191-2024

Corte Suprema confirma inadmisibilidad de recurso de protección por derecho no indubitado

Abstracto

La Corte Suprema confirma sentencia apelada en recurso de protección, determinando que la acción no es admisible para tramitación al no acreditarse el carácter indiscutido del derecho afectado.

Resumen

  • El recurso de protección, establecido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, es una acción de evidente carácter cautelar destinada a amparar el legítimo ejercicio de las garantías y derechos preexistentes ante un acto arbitrario o ilegal que impida, amague o perturbe dicho ejercicio.
  • Para la procedencia de la tramitación de un recurso de protección, es requisito indispensable constatar el carácter preexistente e indiscutido del derecho afectado.
  • En la especie, el derecho cuya protección se busca a través de esta vía no reúne la condición de indiscutido, lo que impide su acogimiento a tramitación.
  • La Corte Suprema confirma la sentencia apelada de diez de junio de dos mil veinticuatro, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
  • La decisión se fundament...

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