Suprema - Rol N° 11612-2024
Suprema: Confianza legítima protege no renovación de contratas administrativas por 5 años
Abstracto
La Corte Suprema establece que tras cinco años de servicio, los funcionarios a contrata están protegidos por el principio de confianza legítima, impidiendo la no renovación de su vínculo sin sumario administrativo o calificación deficiente.
Resumen
- Se impugna la decisión de la Administración de no renovar el vínculo estatutario a contrata de un funcionario, argumentando que sus servicios ya no son necesarios.
- La Corte Suprema ha estimado necesario revisar su jurisprudencia sobre la no renovación de contratas anuales para dar certeza jurídica y establecer una directriz clara a los tribunales inferiores.
- Los empleos a contrata son de carácter temporal, con una duración máxima hasta el 31 de diciembre de cada año, y sus funciones expiran por el solo ministerio de la ley, conforme a la Ley N° 18.834.
- La cláusula contractual que establece que los servicios son requeridos "mientras sus servicios sean necesarios" faculta a la Administración para poner término a las prestaciones de contrata con anterioridad al plazo legal, pero exige...
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