Suprema - Rol N° 21205-2024
Corte Suprema confirma sentencia en recurso de protección por falta de derecho indubitado
Abstracto
La Corte Suprema confirma sentencia que rechaza recurso de protección, al no acreditarse un derecho indubitado por parte del recurrente, requisito esencial para su procedencia.
Resumen
- El recurso de protección de garantías constitucionales, conforme al artículo 20 de la Constitución Política de la República, constituye una acción de carácter cautelar.
- Su propósito es amparar el ejercicio legítimo de derechos y garantías preexistentes ante actos u omisiones arbitrarios o ilegales que impidan, amaguen o perturben dicho ejercicio.
- Uno de los presupuestos fundamentales para la procedencia del recurso de protección es la existencia de un derecho indubitado e indiscutido por parte del recurrente.
- En este caso, la Corte Suprema determinó que la recurrente no acreditó un derecho indubitado, dado que las actuaciones y omisiones denunciadas como ilegales y arbitrarias se encontraban controvertidas.
- La falta de acreditación de los presupuestos fácticos y la existencia de ...
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