Suprema - Rol N° 22924-2024

Corte Suprema rechaza recurso de protección por ausencia de derecho indubitado

Abstracto

La Corte Suprema confirma el rechazo de un recurso de protección, sosteniendo que la recurrente no acreditó un derecho indubitado y que la condición pactada en un convenio colectivo constituía una mera expectativa, no susceptible de protección cautelar.

Resumen

  • El recurso de protección, consagrado en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, es una acción constitucional de naturaleza cautelar destinada a amparar el legítimo ejercicio de garantías y derechos constitucionales preexistentes frente a actos u omisiones ilegales o arbitrarios.
  • Un requisito fundamental para la procedencia del recurso de protección es la demostración de un derecho indubitado e indiscutido por parte del recurrente.
  • En el presente caso, la Corte Suprema determinó que la recurrente (Municipalidad de Puerto Natales) no logró acreditar la existencia de un derecho indubitado que justificara la concesión de la protección solicitada.
  • La ilegalidad y arbitrariedad del acto impugnado, así como los supuestos de hecho y de derecho en que se basaba la preten...

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