Suprema - Rol N° 56698-2024

Corte Suprema: Declaración de sin lugar de recurso de hecho por incompetencia

Abstracto

La Corte Suprema declara sin lugar un recurso de hecho, argumentando que la competencia para conocer de este medio de impugnación recae en el tribunal de alzada y no en la Corte Suprema, salvo excepciones legales.

Resumen

  • El recurso de hecho constituye un medio de impugnación concedido para los casos en que un tribunal a-quo, al resolver sobre la admisibilidad de un recurso de apelación, lo conceda siendo improcedente o lo deniegue debiendo haberlo concedido, conforme a los artículos 196 y 203 del Código de Procedimiento Civil y 369 del Código Procesal Penal.
  • El tribunal competente para conocer del recurso de hecho es el tribunal de alzada o 'ad quem', ante el cual la parte afectada puede concurrir dentro del plazo legal para que sea resuelto.
  • En la especie, el recurrente de hecho impugna una decisión de la Corte de Apelaciones de Santiago que no dio lugar a una apelación previamente deducida contra otra resolución de la misma corte, la cual había condenado en costas por el rechazo de una apelación in...

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