Tribunal Constitucional - Rol N° 11614-21-CAA

Tribunal Constitucional: Validez de orden de no innovar en Recurso de Protección

Abstracto

El Tribunal Constitucional declara la constitucionalidad de la facultad de decretar 'orden de no innovar' en el Recurso de Protección, considerándola una medida cautelar esencial y amparada constitucionalmente para asegurar la eficacia de la acción y la tutela judicial efectiva.

Resumen

  • El Tribunal Constitucional conoció un requerimiento de inconstitucionalidad contra el numeral 3º, inciso quinto, del Auto Acordado N° 94 de 2015 de la Corte Suprema, que faculta a los tribunales a decretar 'orden de no innovar' cuando lo estimen conveniente para los fines del recurso de protección.
  • La Ilustre Municipalidad de Cholchol interpuso el requerimiento, alegando que la disposición impugnada vulnera el derecho a un procedimiento racional y justo (Art. 19 N° 3 Constitución) al conferir discrecionalidad excesiva, permitir la dictación sin audiencia previa y ser una 'condena anticipada'.
  • El Tribunal Constitucional posee competencia para revisar la constitucionalidad de autos acordados, según lo dispuesto en el artículo 93, inciso primero, N° 2°, de la Constitución Política de la...

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