Tribunal Constitucional - Rol N° 11615-21-CAA

Tribunal Constitucional falla sobre constitucionalidad de orden de no innovar en recursos de protección

Abstracto

El Tribunal Constitucional rechazó requerimiento contra norma de Auto Acordado sobre orden de no innovar en recursos de protección, al considerarla conforme a derecho y necesaria para garantizar la efectividad de la acción.

Resumen

  • La atribución del Tribunal Constitucional para resolver sobre la constitucionalidad de autos acordados de la Corte Suprema se funda en el artículo 93, N° 2 de la Constitución Política de la República.
  • El artículo 93, inciso tercero, de la Constitución faculta a cualquier persona parte en un juicio pendiente, afectada en sus derechos fundamentales por un auto acordado, para requerir su revisión.
  • El requerimiento de inconstitucionalidad se interpuso contra el numeral 3°, inciso quinto, del Auto Acordado N° 94 de 2015 de la Corte Suprema, específicamente la frase que faculta al tribunal a decretar 'orden de no innovar'.
  • La Municipalidad de Cholchol alegó que la norma impugnada infringe el derecho a un procedimiento racional y justo (art. 19 N° 3 Const.) al permitir la imposición arbit...

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