Tribunal Constitucional - Rol N° 11631-21-CAA
Tribunal Constitucional: Inconstitucionalidad de orden de no innovar en recurso de protección.
Abstracto
El Tribunal Constitucional chileno resolvió que el Auto Acordado de la Corte Suprema que permite decretar "orden de no innovar" en recursos de protección es constitucional, al ser una facultad necesaria para garantizar la efectividad de la acción tutelar de derechos fundamentales.
Resumen
- La Municipalidad de Cholchol interpuso un requerimiento de inconstitucionalidad contra el numeral 3º, inciso quinto, del Auto Acordado N° 94 de 2015 de la Corte Suprema, que faculta a los tribunales a decretar una "orden de no innovar" en recursos de protección.
- La impugnación se originó en un recurso de protección (Rol N° 6973-2021) ante la Corte de Apelaciones de Temuco, donde se decretó una orden de no innovar para suspender la no renovación de un contrato municipal, vulnerando supuestamente garantías constitucionales.
- El requirente alegó que la norma impugnada infringe el derecho a un procedimiento racional y justo (Art. 19 N° 3 Const.) al permitir órdenes de no innovar sin garantías procesales básicas, como la audiencia previa, y al confundirlas con medidas precautorias, además ...
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