Tricel - Rol N° 12-2016
Multa a Partido Igualdad por rechazo Balance 2014 conforme Ley 18.603
Abstracto
El Tribunal Calificador de Elecciones sanciona al Partido Igualdad con multa de 100 UTM por infringir el artículo 51 de la Ley N° 18.603 al no completar la información solicitada por el Servicio Electoral respecto de su Balance año 2014.
Resumen
- Comunicación de Rechazo de Balance: El Servicio Electoral comunicó el rechazo del Balance del año 2014 del partido político Igualdad, según Resolución N° 0140.
- Marco Legal Sancionatorio: La sanción aplicable por el rechazo del Balance se fundamenta en el Título V de la Ley N° 18.603, Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos, específicamente en los artículos 51 y 55.
- Antecedente Procesal de Apelación: El Tribunal Calificador de Elecciones declaró inadmisible por extemporáneo un recurso de apelación del partido Igualdad relativo a la extensión de plazo para presentar libros contables.
- Ausencia de Descargos: El partido Igualdad no presentó descargos formales frente a la comunicación del rechazo de su Balance año 2014.
- Disposiciones sobre Balance y Sanciones (Art. 51, Ley 18...
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