SIC - RESOLUCION No. 22830 de 2020-05-22 - GRUPO DE TRABAJO DE PRÁCTICAS RESTRICTIVAS DE LA COMPETENCIA
Liquidación contribución seguimiento supervisión acuerdos protección competencia año 2015
Abstracto
La Superintendencia de Industria y Comercio liquida y ordena el pago de la contribución anual de seguimiento por garantías de cumplimiento en materia de protección de la competencia correspondientes al año 2015, aplicada a la Compañía Colombiana de Música S.A.S. mediante resolución administrativa.
Resumen
- El artículo 22 de la Ley 1340 de 2009 faculta a la Superintendencia de Industria y Comercio para tasar la contribución anual de seguimiento derivada de la aceptación de garantías para el cierre de investigaciones por prácticas restrictivas de la competencia.
- La contribución de seguimiento tiene como objeto financiar los gastos de funcionamiento de la Entidad destinados al desarrollo de la labor de vigilancia sobre las obligaciones pactadas por los investigados.
- Para determinar la tarifa aplicable, se pondera la sumatoria de los activos corrientes del año fiscal anterior de la empresa sujeta a seguimiento, estableciendo un límite máximo de recaudo equivalente al uno por mil de dichos activos.
- El cálculo de la tarifa de contribución incorpora el grado de actividad administrativa real...
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