SIC - Competencia sancionatoria de la Superindustria en prácticas anticompetitivas y alcance de las inhabilidades.
Concepto SIC sobre facultades, prácticas anticompetitivas y procedimiento sancionatorio
Abstracto
La SIC aclara que su concepto no es de obligatorio cumplimiento, define la libertad económica y competencia, detalla las facultades sancionatorias en prácticas restrictivas y describe las etapas del procedimiento administrativo aplicable.
Resumen
- Las respuestas emitidas por la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) en ejercicio del derecho de petición de consulta (Art. 28 Ley 1755 de 2015) no son de obligatorio cumplimiento o ejecución, ni constituyen una decisión que dirima situaciones particulares.
- La Superintendencia de Industria y Comercio es la autoridad única en Colombia en materia de protección de la libre competencia económica, conforme al artículo 6 de la Ley 1340 de 2009.
- El artículo 333 de la Constitución Política reconoce como derechos el ejercicio de la libertad de empresa, la libre iniciativa privada y la libre competencia económica, limitados por el bien común.
- La libertad de empresa es la facultad de toda persona para realizar actividades económicas con el fin de crear, mantener o incrementar su patr...
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