Apelaciones - Rol 12-2020
GUERRA/CLINICA UNIVERSIDAD CATOLICA DEL MAUL LIMITADA.
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Talca, en sentencia de reemplazo, declara improcedente el despido de la demandante, pero rechaza la restitución del aporte patronal al seguro de cesantía, aplicando el artículo 13 de la Ley 19.728, considerando que el contrato terminó por la causal del artículo 161 del Código del Trabajo.
Resumen
• Datos básicos del caso: Juicio laboral entre ( ) (demandante) y Clínica Universidad Católica del Maule (demandada). Se discute la procedencia del despido y la devolución del aporte patronal al seguro de cesantía.
• Antecedentes procesales relevantes: La sentencia original, que acogió la demanda, fue anulada. Se dicta sentencia de reemplazo en cumplimiento del artículo 477 del Código del Trabajo.
• Hechos acreditados: El despido de la demandante fue calificado como improcedente. El empleador invocó la causal de necesidades de la empresa (artículo 161 del Código del Trabajo). El empleador descontó del finiquito el aporte patronal al seguro de cesantía ($3.960.972).
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Procedencia del descuento del aporte patronal al seguro de cesantía cuando el despido es declarado improcedente pero se funda en la causal del artículo 161 del Código del Trabajo. Interpretación y aplicación del artículo 13 de la Ley 19.728 sobre el seguro de cesantía.
• Argumentos de las partes: Demandada: El descuento es procedente porque el artículo 13 de la Ley 19.728 es imperativo y no distingue si el despido es justificado o no. La declaración de improcedencia solo genera el aumento de la indemnización por años ...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.