Apelaciones - Rol 32-2019
SOCIEDAD EDUCACIONAL HUANGÜLEN LIMITADA/SUPERINTENDENCIA DE EDUCACIÓN
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco rechaza la reclamación contra la Superintendencia de Educación, confirmando la sanción por no acreditar correctamente los saldos de subvenciones. Se valida la proporcionalidad de la sanción impuesta, considerando la gravedad de la infracción y los antecedentes del caso.
Resumen
• Datos básicos del caso: Reclamación de contra la Resolución Exenta Nº 0001632 del Fiscal de la Superintendencia Nacional de Educación, que rechazó el recurso de reclamación contra la Resolución Exenta No 2018/PA/09/276, buscando dejar sin efecto la sanción impuesta.
• Antecedentes procesales relevantes: La Superintendencia instruyó un proceso administrativo contra por no acreditar la disponibilidad de los saldos de las subvenciones del año 2016, lo que llevó a una sanción de privación temporal y parcial de la subvención general en un 3% por 3 meses. La reclamación administrativa fue rechazada, confirmando la sanción. Se interpone reclamación judicial al tenor del artículo 85 de la ley 20.529.
• Hechos acreditados: Se acreditó que el establecimiento educacional no acompañó toda la documentación requerida en la forma y plazos instruidos por el órgano fiscalizador, en relación a la acreditación de saldos de las subvenciones.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo:
- Si la entrega incompleta de información (cartola con saldo menor al debido) constituye incumplimiento de la obligación de informar a la Superintendencia, tipificado en el artículo 76 letra b) de la Ley N° 20.529.
- Si la sanción impuesta es proporcional a la infracción cometid...
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