Apelaciones - Rol 8-2020
SERVICIO DE IMPUESTOS INTERNOS DIRECCION REGIONAL/TRIBUNAL TRIBUTARIO Y ADUANERO REGIÓN DE LOS LAGOS
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en agosto de 2020, rechaza un recurso de hecho en materia tributaria. La corte determina que la apelación contra una resolución que tiene por cumplido lo ordenado tras acoger una excepción dilatoria no es procedente según el Código Tributario.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de hecho interpuesto por la reclamada contra la resolución del Tribunal Tributario y Aduanero que denegó la apelación contra la decisión que tuvo por cumplido lo ordenado a la reclamante al acoger una excepción dilatoria.
• Antecedentes procesales relevantes: La reclamada interpuso recurso de apelación contra la resolución que tuvo por cumplido lo ordenado al acoger la excepción dilatoria. El Tribunal Tributario denegó la apelación, lo que motivó el recurso de hecho.
• Hechos acreditados: El Tribunal Tributario tuvo por cumplido lo ordenado a la reclamante tras acoger una excepción dilatoria, dando traslado para evacuar la contestación. La reclamada apeló, pero la apelación fue denegada.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si es procedente el recurso de apelación contra la resolución que tiene por cumplido lo ordenado al acoger una excepción dilatoria en un procedimiento tributario, y si supletoriamente se aplica el Código de Procedimiento Civil.
• Argumentos de las partes:
- Reclamada (recurrente): La apelación denegada era procedente porque la resolución atacada es una interlocutoria, y el Código Tributario no excluye expresamente la apelación en estos casos, por lo que debe aplicarse el artículo 187 del Código de Proce...
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