Apelaciones - Rol 1634-2020
SEPÚLVEDA/FUENTES
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Chillán, el 3 de septiembre de 2020, rechaza el recurso de protección interpuesto contra el Conservador de Bienes Raíces de San Carlos. La corte considera que la controversia sobre la disolución de una sociedad requiere un procedimiento de lato conocimiento, no un recurso de protección.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto por contra el Conservador de Bienes Raíces de San Carlos, representado por o su suplente, . El recurso se origina por una anotación marginal realizada por el Conservador en la inscripción de una sociedad de responsabilidad limitada y la negativa inicial a emitir un certificado de vigencia de la sociedad.
• Antecedentes procesales relevantes: Se presenta recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Chillán.
• Hechos acreditados: Constitución de la sociedad Eva Olivares Parada y Compañía Limitada en 2002. Fallecimiento de la socia Eva del Carmen Olivares Parada el 20 de junio de 2017. Existencia de un testamento en el que la socia fallecida legó el 60% de sus derechos en la sociedad a . Anotación marginal del Conservador indicando el fallecimiento de la socia y la consiguiente disolución de la sociedad según la cláusula décima del pacto social. Negativa inicial a emitir un certificado de vigencia de la sociedad, seguido de la emisión de un certificado indicando que la sociedad está disuelta.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: ¿Constituye la anotación marginal del Conservador y la certificación de disolución de la sociedad un acto arbitrario ...
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