Apelaciones - Rol 913-2020

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Abstracto

La Corte de Apelaciones de San Miguel confirma la resolución del Juzgado de Letras de Buin. Se discute la validez del reclamo de una factura electrónica y su impugnación, donde la corte considera que no se cumplió con las formalidades exigidas por la ley 19.983 para el reclamo.

Resumen

• Datos básicos del caso: Rol N° 913-2020, Corte de Apelaciones de San Miguel, 7 de septiembre de 2020. Confirma resolución del Segundo Juzgado de Letras de Buin, Rol C-1392-2019.

• Antecedentes procesales relevantes: Se apela la resolución del 14 de abril del Segundo Juzgado de Letras de Buin que no se especifica en el documento. La ministra disiente, argumentando que la impugnación debió ser desestimada.

• Hechos acreditados: El notificado reclama una factura electrónica mediante un documento con nombre, firma, huella dactilar y número de cédula de identidad, certificado notarialmente como copia fiel del original.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Si el reclamo de la factura electrónica se realizó conforme a las formalidades exigidas por el artículo 3° de la ley 19.983, modificado por la ley 20.956, específicamente si el medio utilizado para comunicar el reclamo constituye un "modo fehaciente".

• Argumentos de las partes: El notificado argumenta haber reclamado la factura electrónicamente. La ministra disidente () señala que el reclamo no se ajusta a las formalidades del artículo 3° de la ley 19.983, porque el documento presentado no es un instrumento público otorgado o autorizado ante notario y, por lo tanto, no es un "modo ...

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