Apelaciones - Rol 180-2020
ISAPRE CONSALUD S.A./CORP MUNICIP ANCUD PARA LA EDUCAC SALUD
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en sentencia del 8 de octubre de 2020, revoca la resolución de primera instancia que ordenó el embargo de dineros correspondientes a la subvención escolar, declarando la inembargabilidad de estos recursos destinados a fines educacionales específicos.
Resumen
• Datos básicos del caso: Apelación contra resolución que dispuso el embargo de sumas de dinero con cargo al artículo 7 de la Ley N° 19.609 (anticipos del Fondo Común Municipal). Tribunal: Corte de Apelaciones de Puerto Montt. Fecha: 8 de octubre de 2020. Rol: 180-2020. Jueza Titular del Juzgado de Letras de Ancud: .
• Antecedentes procesales relevantes: El ejecutado apela de la resolución que dispuso el embargo de dineros con cargo al artículo 7 de la Ley N° 19.609.
• Hechos acreditados: No se explicita en la sentencia, pero se entiende que existe una ejecución en curso y que se ordenó el embargo de fondos de la ejecutada afectos a la subvención escolar.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si los fondos correspondientes a la subvención escolar son embargables.
• Argumentos de las partes: El ejecutado argumenta que los fondos embargados provienen de la subvención escolar, la cual es inembargable según la Ley N° 20.284, artículo 33 bis, salvo para deudas derivadas del plan de mejoramiento educativo, situación que no se da en este caso.
• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se cita el Decreto con Fuerza de Ley N° 2 de 1998 del Ministerio de Educación y la Ley N° 20.284.
• Fundamentos esenciales de la res...
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