Apelaciones - Rol 308-2020
CON CONSTRUCTORA RAVANAL S.A.
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Concepción revoca la medida precautoria de retención de la devolución de impuestos a la renta de Constructora Ravanal S.A., al no acreditarse el peligro en la demora (periculum in mora) solo por el tiempo transcurrido y la emergencia sanitaria, confirmando en lo demás la resolución.
Resumen
• Datos básicos del caso: Apelación de la demandada, Constructora Ravanal S.A., contra la resolución del Juzgado del Trabajo de Concepción que decretó la retención de su eventual devolución de impuestos a la renta por $12.000.000.
• Antecedentes procesales relevantes: El Juzgado del Trabajo de Concepción decretó la medida precautoria solicitada por la demandante. La demandada Constructora Ravanal S.A. apeló de la resolución.
• Hechos acreditados: La demandante solicitó la medida precautoria debido al tiempo transcurrido desde los hechos, la fecha de la demanda, la emergencia sanitaria que entorpeció el funcionamiento de los tribunales y la reprogramación de la audiencia, argumentando un temor fundado de que sus derechos sean burlados. El tribunal de primera instancia concedió la medida precautoria basándose en el artículo 444 del Código del Trabajo y el artículo 290 N°3 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente según el artículo 432 del Código del Trabajo.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinación de si la emergencia sanitaria y el tiempo transcurrido desde los hechos justifican la medida precautoria de retención de la devolución de impuestos. Análisis de los requisitos para la concesión de medidas precautorias en el contexto del artículo 444...
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