Apelaciones - Rol 725-2020
CESAR DANIEL CERNA FUENTES C/ ESTEFANI CAROLINA MALDONADO IMIO
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco acoge recurso de nulidad contra sentencia absolutoria en procedimiento simplificado por infracción al artículo 318 del Código Penal. La admisión de responsabilidad por el imputado impide al tribunal valorar la prueba, debiendo centrarse en la calificación jurídica de los hechos.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de nulidad interpuesto por el Fiscal Adjunto contra la sentencia del 18 de agosto de 2020, dictada en procedimiento simplificado (RUC 2000370663-0; RIT 383-2020) por el Juzgado de Garantía de Collipulli, que absolvió a , y del delito contra la salud pública, previsto en el artículo 318 del Código Penal.
• Antecedentes procesales relevantes: El Fiscal recurre de nulidad alegando la causal del artículo 373 letra b) del Código Procesal Penal, en relación con el artículo 395 del mismo código y el artículo 318 del Código Penal. Argumenta errónea aplicación del derecho que influyó sustancialmente en lo dispositivo del fallo, específicamente en cuanto a la aceptación de responsabilidad de los imputados en un procedimiento simplificado y los requisitos típicos del delito.
• Hechos acreditados: Los acusados reconocieron haber incumplido el toque de queda, medida dispuesta por la autoridad sanitaria en tiempo de epidemia por COVID-19, entre las 22:00 y las 05:00 horas, poniendo en peligro la salud pública.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: ¿Constituye la sentencia absolutoria una errónea aplicación del derecho, específicamente del artículo 395 del Código Procesal Penal, al valorar ...
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