Apelaciones - Rol 296-2020
MINISTERIO PUBLICO C/
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Coyhaique rechaza el recurso de nulidad contra la sentencia que condenó a por no detener la marcha, prestar ayuda ni dar cuenta a la autoridad tras un accidente, al no configurarse errores que vulneren el debido proceso.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de nulidad (Rol Corte N°296-2020, RUC 1900727495, RIT N° 17-2020) interpuesto por el Defensor Penal Público, , en representación de , contra la sentencia del Tribunal de Juicio Oral de Coyhaique del 2 de septiembre de 2020. Se alega errónea aplicación del derecho (art. 373 letra b) del Código Procesal Penal) y infracción del art. 341 del mismo código (art. 374 letra f)).
• Antecedentes procesales relevantes: El Tribunal de Juicio Oral de Coyhaique condenó a por infracción al artículo 195 inciso 2° de la Ley de Tránsito. La defensa interpuso recurso de nulidad, invocando como causal principal la errónea aplicación del derecho y, subsidiariamente, la infracción del artículo 341 del Código Procesal Penal. La vista de la causa se realizó el 17 de noviembre de 2020.
• Hechos acreditados: El 6 de julio de 2019, , conduciendo en estado de ebriedad, colisionó a otro vehículo, causando lesiones leves a sus ocupantes. No detuvo la marcha, no prestó ayuda y se dio a la fuga, siendo detenido posteriormente.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: 1) Si la omisión en la acusación fiscal de mencionar la falta de denuncia a la autoridad del accidente por parte del imputado, vulnera el principio ...
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