Apelaciones - Rol 39752-2020
OPAZO / CORPORACIÓN ADMINISTRATIVA DEL PODER JUDICIAL
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Valparaíso, el 7 de enero de 2021, rechaza el recurso de protección interpuesto contra la Corporación Administrativa del Poder Judicial, al considerar que el beneficio de sala cuna exige cuidado presencial del menor, no siendo equivalente la educación remota.
Resumen
• Datos básicos del caso: Recurso de protección interpuesto por contra la Corporación Administrativa del Poder Judicial (CAPJ) por vulneración de derechos constitucionales (art. 19 N°1, 2, 11 y 22) al rechazarse su solicitud de mantener el pago del beneficio de sala cuna regular durante la pandemia. La recurrente es funcionaria del Poder Judicial. El rechazo se fundamenta en el Oficio “OFICIRNOR 8AJ N° 10” que restringe el pago del beneficio si la sala cuna se acoge a la Ley de Protección del Empleo.
• Antecedentes procesales relevantes: La recurrente alega que se le niega el beneficio regular de sala cuna a pesar de que el jardín infantil sigue prestando servicios de educación preescolar de forma remota. La CAPJ rechaza la solicitud basándose en que el jardín se acogió a la Ley de Protección al Empleo.
• Hechos acreditados: La recurrente goza del beneficio de sala cuna regular desde el 18 de julio de 2019 hasta el 29 de enero de 2021, según Resolución N°1225. El jardín infantil al que asiste su hijo se acogió a la Ley de Protección al Empleo. El jardín infantil presta servicios de manera remota.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si el rechazo de la CAPJ al pago del beneficio de sala cuna regular por haberse acogido el jardín infantil a la ...
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