Apelaciones - Rol 651-2019

- CONCESIONARIA AUTOPISTA DEL ACONCAGUA S.A

Abstracto

La Corte de Apelaciones de Santiago, el 4 de enero de 2021, confirma la sentencia apelada, estableciendo que la Ley de Protección al Consumidor no es aplicable en este caso, ya que no existe una relación de consumo entre la demandante y la sociedad concesionaria.

Resumen

• Datos básicos del caso: Demanda por infracción a la Ley de Protección al Consumidor y demanda civil, presentada por la demandante contra una sociedad concesionaria.

• Antecedentes procesales relevantes: Se apela la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda.

• Hechos acreditados: La demandante, propietaria del vehículo, no pagó el peaje; un tercero hizo uso de la autopista. La demandante alega una infracción a la Ley del Consumidor por parte de la sociedad concesionaria.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si existe una relación de consumo entre la demandante y la sociedad concesionaria, y si es aplicable la Ley de Protección al Consumidor en este caso.

• Argumentos de las partes: La demandante alega una relación de consumo, mientras que la sociedad concesionaria niega tal relación.

• Doctrina y jurisprudencia citadas: Se cita el Decreto N° 900 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP N° 164, de 1991 Ley de Concesiones de Obras Públicas y el artículo 75 del DFL 850 de 25 de febrero de 1998 del Ministerio de Obras Públicas.

• Fundamentos esenciales de la resolución: La Corte considera que no existe una relación de consumo entre la demandante y la sociedad concesionaria. El peaje se considera un tributo y no el pago p...

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