Apelaciones - Rol 946-2020
/BPI CONSTRUCCIONES S.A.
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Santiago, en fallo de 10 de febrero de 2021, limita la sanción de nulidad del despido a la empresa contratista (BPI Construcciones S.A.), rechazando la demanda en este punto respecto de la JUNJI, empresa principal, al considerar que dicha sanción es de derecho estricto y no se extiende a terceros.
Resumen
• Datos básicos del caso: Sentencia de reemplazo dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago el 10 de febrero de 2021, en cumplimiento del artículo 478 del Código del Trabajo. La materia se refiere a la nulidad del despido y la responsabilidad de la empresa principal en régimen de subcontratación.
• Antecedentes procesales relevantes: Se acoge recurso de nulidad interpuesto por la parte demandada (JUNJI) contra la sentencia de primera instancia. Se dicta sentencia de reemplazo.
• Hechos acreditados: No se explicitan en esta sentencia de reemplazo, se remite a los hechos acreditados en la sentencia de primera instancia, salvo en lo que se refiere a los fundamentos que son modificados.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo: Determinar si la sanción de nulidad del despido es aplicable a la empresa principal (JUNJI) en un régimen de subcontratación, cuando el empleador directo es la empresa contratista (BPI Construcciones S.A.).
• Argumentos de las partes:
- JUNJI (demandada y recurrente): Argumenta que las normas de subcontratación le asignan responsabilidades, pero no la convierten en empleadora. Su responsabilidad se limita a las obligaciones laborales y previsionales de dar, incluyendo indemnizaciones por término de contrato, pero no a las sanciones como la nuli...
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