Apelaciones - Rol 369-2020

ROSALES/A.F.P. PROVIDA S.A

Abstracto

La Corte de Apelaciones de Temuco rechaza el recurso de nulidad presentado por AFP Provida, confirmando la sentencia de primera instancia que declaró improcedente el despido y ordenó la devolución de los descuentos indebidos del seguro de cesantía al demandante.

Resumen

• Datos básicos del caso:

  • Tribunal: Corte de Apelaciones de Temuco.
  • Fecha: 8 de abril de 2021.
  • Carátula: contra Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A.
  • RIT: M-593-2020.
  • RUC: 20-4-0291036-5.
  • Materia: Procedimiento monitorio laboral. Despido improcedente. Devolución descuento seguro de cesantía.

• Antecedentes procesales relevantes:

  • El Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco acogió la demanda, declarando el despido improcedente y condenando a AFP Provida a pagar el incremento del 30% y la devolución del descuento indebido del seguro de cesantía ($890.337).
  • AFP Provida interpuso recurso de nulidad, invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo en relación con el artículo 13 de la Ley 19.728.

• Hechos acreditados:

  • El tribunal de primera instancia declaró improcedente el despido del demandante.
  • La controversia se centra en la procedencia del descuento del seguro de cesantía.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo:

  • Si la declaración de despido improcedente impide el descuento del seguro de cesantía conforme al artículo 13 de la Ley 19.728.

• Argumentos de las partes:

  • **Demandada...

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