Apelaciones - Rol 369-2020
ROSALES/A.F.P. PROVIDA S.A
Abstracto
La Corte de Apelaciones de Temuco rechaza el recurso de nulidad presentado por AFP Provida, confirmando la sentencia de primera instancia que declaró improcedente el despido y ordenó la devolución de los descuentos indebidos del seguro de cesantía al demandante.
Resumen
• Datos básicos del caso:
- Tribunal: Corte de Apelaciones de Temuco.
- Fecha: 8 de abril de 2021.
- Carátula: contra Administradora de Fondos de Pensiones Provida S.A.
- RIT: M-593-2020.
- RUC: 20-4-0291036-5.
- Materia: Procedimiento monitorio laboral. Despido improcedente. Devolución descuento seguro de cesantía.
• Antecedentes procesales relevantes:
- El Juzgado de Letras del Trabajo de Temuco acogió la demanda, declarando el despido improcedente y condenando a AFP Provida a pagar el incremento del 30% y la devolución del descuento indebido del seguro de cesantía ($890.337).
- AFP Provida interpuso recurso de nulidad, invocando la causal del artículo 477 del Código del Trabajo en relación con el artículo 13 de la Ley 19.728.
• Hechos acreditados:
- El tribunal de primera instancia declaró improcedente el despido del demandante.
- La controversia se centra en la procedencia del descuento del seguro de cesantía.
• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo:
- Si la declaración de despido improcedente impide el descuento del seguro de cesantía conforme al artículo 13 de la Ley 19.728.
• Argumentos de las partes:
- **Demandada...
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