Apelaciones - Rol 71-2021

VELÁSQUEZ/ESSAL S.A.

Abstracto

La Corte de Apelaciones de Puerto Montt, en sentencia de 5 de abril de 2021, rechaza el recurso de protección interpuesto contra ESSAL S.A. por extemporaneidad y falta de un derecho indubitado, dejando a salvo acciones ordinarias.

Resumen

• Datos básicos del caso interpone recurso de protección contra Empresa de Servicios Sanitarios Los Lagos S.A. (ESSAL S.A.), alegando vulneración del artículo 19 N°24 de la Constitución Política de la República.

• Antecedentes procesales relevantes La recurrente alega ser heredera de y, por ende, propietaria de un terreno adyacente a instalaciones sanitarias de ESSAL en Ancud. Afirma que existió un acuerdo verbal entre su padre y la anterior sanitaria (Servicio Nacional de Obras Sanitarias) para suministrar agua a cambio de la ocupación de parte del terreno. ESSAL cortó el suministro en 2018 y ha realizado obras en el terreno sin autorización. ESSAL alega extemporaneidad del recurso, inexistencia de un derecho indubitado y que la recurrente no pertenece a su territorio operacional.

• Hechos acreditados No se acreditan fehacientemente los hechos constitutivos del recurso.

• Cuestiones jurídicas sometidas al fallo

  1. ¿Es admisible el recurso de protección considerando el plazo transcurrido desde el corte del suministro de agua?
  2. ¿Existe un derecho indubitado de la recurrente al suministro de agua por parte de ESSAL?
  3. ¿Son arbitrarias o ilegales las acciones de ESSAL en el terreno de la recurrente?

• Argumentos de las pa...

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